Registro de las Personas: UPCN rechazó la aplicación de la Circular 1631/2014

UPCN rechazó la aplicación de la Circular 1631/2014 La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Seccional provincia de Buenos Aires, rechazó ayer el cumplimiento de la Circular provincial 1631/2014 y la 3/2014 del Registro Nacional de las Personas (RNP), que establecen una serie de obligaciones para los empleados del Registro de las Personas bonaerense, por resultar violatorias de varios artículos de la Constitución Nacional.

La organización gremial, con las firmas de su secretario General, Carlos Quintana, del secretario Gremial, Diego Rétola, y del secretario de Coordinación General de Interior, Jorge Sarno, comunicó la decisión a la directora Nacional del Registro de las Personas, Mora Arqueta.

La organización denunció en general la suscripción por parte de los trabajadores enrolados en el Registro Provincial de las Personas de las mencionadas circulares, quienes debieron adherir de manera compulsiva a las mismas.

Además, la UPCN, concretamente, rechazó la aplicación de los puntos 6, 8 y 9 del Apartado III del Anexo I de la circular del (RNP).

El primero de esos puntos, fue rechado en razón de que pretende poner bajo la responsabilidad de los trabajadores, una obligación del Estado, como la de mantener bajo llave en gabinetes o lugares similares la documentación que forma parte de los trámites que se realicen ante esa repartición, cuando el Estado no ofrece los elementos mínimos hasta el momento para cumplir con la mencionada obligación.

En tanto, el punto 8 fija que el incumplimiento de las obligaciones serán sancionadas por el RENAPER, lo cual significa la creación de “comisiones especiales” prohibidas por la Constitución Nacional.

Por último, la organización gremial se opuso al punto 9, el que establece que sean jueces de tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires los que, en caso de controversia entre las partes, sean los que las diriman.

Nota de rechazo a la circular 1631/14

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