Convocatoria a elección de autoridades nacionales y provinciales de la organización gremial

Convocatoria a elección de autoridades de la Unión del Personal Civil de la NaciónLos comicios se celebrarán este jueves 29 de mayo. Se elegirán autoridades del Consejo Directivo Nacional y de la Comisión Directiva Provincial. Texto de la convocatoria a elecciones.

UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

En el camino de la participación democrática reiniciada en 1984 que posibilitó este sólido presente de la Organización y garantizando la plena participación de los trabajadores estatales en el proceso de renovación de autoridades, el Consejo Directivo Nacional de la Unión del Personal Civil de la Nación convoca a los afiliados para que, con su voto, señalen el proyecto que han de seguir sus dirigentes. A tales efectos, y de acuerdo a lo resuelto en reunión ordinaria del Cuerpo celebrada el 22 de noviembre de 2013, se formula la presente:

CONVOCATORIA A ELECCIONES

Finalizando el día 30/10/2014 los mandatos estatutarios de las actuales Autoridades de la Entidad, corresponde en concordancia con lo previsto por la Ley N° 23551, su Decreto Reglamentario N° 467/88, la Ley 25.674, su Decreto Reglamentario 514/03, el Estatuto Asociacional aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 865/05 y la Resolución de creación del Consejo Asesor Nacional dictada por el Consejo Directivo Nacional con fecha 24 de noviembre de 2005 al amparo de lo normado por el art. 25, inc. e) del Estatuto Asocíacional, convocar a los compañeros afiliados para el día 29 de mayo de 2014 a fin de que, mediante el voto secreto y directo, procedan a la designación del total de miembros titulares y suplentes del Consejo Directivo Nacional, Comisión Revisora de Cuentas, Consejo Asesor Nacional previsto por el art. 25, inc. e) del Estatuto Asociacional, Comisiones Directivas de Seccionales y Órganos Locales previstos por el art. 55, inc. b) del Estatuto Asociacional, en los cargos que a continuación se detallan:

Consejo Directivo Nacional: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Subsecretario Gremial y Salud Laboral, Secretario de Finanzas, Subsecretario de Finanzas, Secretario de Organización, Subsecretario de Organización, Secretario de Interior, Subsecretario de Interior, Secretario Administrativo y de Actas, Subsecretario de Actas, Secretario de Negociación Colectiva y Carrera Administrativa, Subsecretario de Negociación Colectiva y Carrera Administrativa, Secretario de Comunicación y Medios, Secretario de Cultura, Subsecretario de Cultura, Secretario de Desarrollo Social, Subsecretario de Acción Social, Subsecretario de Turismo, Subsecretario de Deportes y Recreación, Secretario de Vivienda, Subsecretario de Vivienda, Secretario de Seguridad Social, Subsecretario de Obras Sociales, Subsecretario de Sistemas Previsionales, Secretario de Relaciones Internacionales, Subsecretario de Relaciones Internacionales, Secretario de Igualdad de Oportunidades, Subsecretario de la Mujer, Subsecretario de Personas con Capacidades Diferentes, Secretario de Trabajadores Pasivos, Subsecretario de Trabajadores Pasivos, Secretario de Medio Ambiente, Secretario de la Juventud, Subsecretario de la Juventud, Secretario de Capacitación, Subsecretario de Capacitación; Secretario de Profesionales, Subsecretario de Profesionales, Tres (3) Vocales Suplentes. Comisión Fiscalizadora y Revisora de Cuentas: Tres (3) Miembros Titulares y tres (3) Miembros Suplentes. Consejo Asesor Nacional integrado por hasta quince (15) Miembros Titulares. Comisiones Directivas de Seccionales: Seccional Capital y Empleados Públicos Nacionales: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes, Consejo Federal, integrado por Veinte (20) Miembros Titulares y Veinte (20) Miembros Suplentes y Consejo Asesor Permanente, integrada por hasta Cincuenta y cinco (55) Miembros Titulares. Seccional Provincia de Buenos Aires: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes, Consejo Asesor Provincial integrado por Veinticinco (25) Miembros y Sub-Comisión Previsional integrada por Veinte (20) Miembros. Seccional Córdoba: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional Entre Ríos: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes, Consejo Asesor. Seccional Formosa: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional Jujuy: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes, Consejo Asesor Provincial integrado por Cincuenta (50) Miembros Titulares y Cincuenta (50) Miembros Suplentes. Seccional La Rioja: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Diecisiete (17) Vocales Titulares y Diecisiete (17) Vocales Suplentes y un Consejo Asesor de hasta Doce (12) Miembros. Seccional Mendoza: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes y un Consejo Asesor de hasta Treinta (30) Miembros. Seccional Misiones: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional Neuquén: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional Río Negro: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares, Veinticinco (25) Vocales Suplentes y Comisión Asesora Provincial integrada por hasta Dieciocho (18) Miembros Titulares y hasta Dieciocho (18) Miembros Suplentes. Seccional Salta: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto. Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional San Juan: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Seccional Santa Fe: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Veinticinco (25) Vocales Titulares y Veinticinco (25) Vocales Suplentes. Consejo Asesor Interdepartamental integrado por Treinta (30) Miembros; Seccional Santiago del Estero: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Trece (13) Vocales Titulares y Trece (13) Vocales Suplentes. Consejo Asesor integrado por seis (6) miembros titulares. Seccional La Pampa: Un Secretario General, un Secretario Adjunto, Dieciocho (18) Vocales Titulares y Dieciocho (18) Vocales Suplentes. Seccional Tierra del Fuego: Un Secretario General; Un Secretario Adjunto;  Veintiún (21) Vocales Titulares y Veintiún (21) Vocales Suplentes. Seccional Tucumán: Un Secretario General, Un Secretaria Adjunto, Quince (15) Vocales Titulares y Quince (15) Vocales Suplentes.- En aquellas Seccionales en que funcionen órganos establecidos de acuerdo a lo previsto por el art. 55, inc. b) del Estatuto, cualquiera fuere su denominación, y se integren electivamente conforme se indica en la nómina de cargos detallada precedentemente, su postulación tiene carácter facultativo debiendo presentarse las candidaturas cumpliéndose idénticos requisitos que para la presentación de candidatos a ocupar los cargos de la Comisión Directiva. Idéntico régimen resulta aplicable respecto del Consejo Asesor Nacional creado al amparo del art. 25, inc. e) del referido Estatuto.-La representación femenina en los cargos electivos no podrá ser inferior al Treinta por ciento (30%), teniendo en cuenta que los padrones nacional y seccionales arrojan guarismos de participación femenina superiores al 30% previsto por la citada Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario 514/03.- Se establece como horario general de votación el de 8,00 a 18,00 horas. A tales efectos se habilitaran mesas receptaras de votos en las sedes sindicales y en los lugares de trabajo, conforme obran publicados en el BOLETIN OFICIAL del día de la fecha, para cada sección electoral, conjuntamente con la integración de las Juntas Electorales Locales, sus sedes y el número total de afiliados incluidos en los padrones provisorios:

La Junta Electoral Nacional está integrada por los afiliados: D’ANGELO Jorge Isaac D.N.I. 14.526.079 D’OTTAVIO, Ricardo, D.N.l. N° 7.835.650, VICENTE Ernesto Antonio D.N.l 10.922.128, RENNA Cecilia, D.N.I. N° 16.573.479 y BIAGGINI, Pablo Alejandro, D.N.I. N° 21.816.450, como Miembros Titulares y los afiliados: SCOCCH1A Leandro Héctor D.N.I. N° 29.994.079, BERTUCCI Abel Sergio, D.N.l. N° 13.527.697, BETRAN Nicolás Atilio, D.N.I. N° 26.420.187, ARAGONE, Alberto, D.N.l. N° 11.635.340 y RODRIGUEZ, Luis D.N.I. 10.264.826, como Miembros Suplentes. Quienes tendrán a su cargo el proceso electoral con los alcances y atribuciones establecidos en el Capitulo VII del Estatuto Asociacional, comenzando su funcionamiento a partir de la fecha en la calle Moreno 1332 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose coma su horario de atención el de todos los días hábiles de 17,00 a 20,00 horas. Asimismo, se constituye en Órgano de Alzada respecto de las Juntas Electorales de Seccionales, de conformidad con la preceptuado por el artículo 93 del Estatuto Social. Las Juntas Electorales Locales atenderán al público en las sedes indicadas, en los días y horarios establecidos para la Junta Electoral Nacional.-

De acuerdo con las normas legales y estatutarias citadas, el cronograma electoral es el siguiente: 1) El plazo de presentación de listas vence el día 8 de Abril de 2014 fecha en que las Juntas Electorales Nacional y de Seccionales funcionarán en el horario de 8,00 a 24,00 horas; 2) Exhibición de listas oficializadas y padrones definitivos: 11 de abril de 2014; 3) Publicación de mesas electorales y presidentes de las mismas: 14 de mayo de 2014; Vencimiento del plazo para la presentación de nómina de fiscales: 23 de mayo de 2014, inclusive. Las listas deberán ser avaladas por la firma del 3% (tres por ciento) de los afiliados empadronados de acuerdo a los guarismos indicados para cada Seccional. Respecto del padrón nacional, el mismo registra a la fecha la cantidad de Doscientos sesenta y cinco mil quinientos noventa y seis (265.596) afiliados.

La Junta Electoral Nacional, en el acto constitutivo, procederá a dictar el Reglamento Electoral General previsto en el art. 93 del Estatuto Asociacional, al que deberán ajustarse las reglas específicas que dicten las Juntas Electorales de Seccionales para el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Andrés E. Rodríguez
Secretario General
Consejo Directivo Nacional

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