Modificación de la convocatoria a Elección General de Delegados en el Ministerio de Salud

Texto de la Resolución N° 206/11 de la Junta Electoral de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Seccional provincia de Buenos Aries, modificatoria de la Resolución 98/11, por cual se convoca a Elección General de Delegados en el Ministerio de Salud.

La Plata, 15 de Septiembre de 2011.-

Visto la convocatoria realizada el día 30 de Agosto del corriente año de Elección General de Delegados en el Ministerio de Salud, según Resolución Nº 98/11 para que nues­tros afiliados procedan a elegir a través del voto directo y secreto, quienes serán sus representantes; y;

CONSIDERANDO:

Que habiendo tomado conocimiento en forma posterior a la convocatoria establecida para dicha elección de la programación de un Congreso inherente al Instituto de Hemoterapia, al interponerse a la fecha de la resolución de esta Junta Electoral mencionada en el párrafo anterior, amerita la postergación de la elección en el sector.

Que en virtud de aumentar el numero de delegados en el Instituto y dado que la cantidad de afiliados establece para su atención dicho acrecentamiento, nuestra Entidad se encuentra en condiciones legales y estatutarias para proceder a modificar la convocatoria de elecciones para determinar quienes serán los legítimos representantes de nuestros compañeros afiliados.

POR ELLO:

LA JUNTA ELECTORAL EN USO DE LAS FA­CULTADES
CONFERIDAS POR RESOLUCIÓN N° 416/11 DE LA COMISIÓN
DIRECTIVA, Y RESOLUCIÓN N° 1 DE LA JUNTA ELECTORAL;

R E S U E L V E:

Artículo 1°: Modificar la convocatoria según Resolución Nº 98/11.

Artículo 2°: Convocar a elección de Delegados en el Instituto de Hemoterapia, dependiente del Ministerio de Salud para el día 5 de octubre.

Artículo 3°: Se procederá a elección de 3 (tres) delegados, por el Instituto de Hemoterapia, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4°: La Elección de Delegados se efectuará a través del voto directo y secreto por los afiliados del sector siendo elegido él o los candidatos que mayor cantidad de votos que obtengan.

Artículo 5°: Esta Junta Electoral dispondrá de 1 urna Fija ubicada en la calle 15 y 66 para la realización del Acto Eleccionario en dicha dependencia.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, al Ministerio de Salud, y a quienes corresponda. Dese a publicidad, archívese.

RESOLUCIÓN DE LA J/E Nro. 206/11

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