Ley 10.430: incorporan la licencia por maternidad de bebés prematuros
El beneficio fue introducido al estatuto del empleado de la administración pública bonaerense a través de una ley sancionada por la Legislatura provincial.
Una ley sancionada por la Legislatura bonaerense, que amplía el artículo 43 de la ley 10.430, incorpora la licencia por maternidad para las trabajadoras de la administración pública de la provincia de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, para los casos de nacimientos pretérmino o prematuro de bajo o alto riesgo.
La ley 14.241 establece que “en caso de nacimiento pretérmino o prematuro de bajo riesgo, la licencia por maternidad será de cinco meses a partir del alta hospitalaria del bebé. En caso de nacimiento de prematuro de alto riesgo, la licencia por maternidad será de seis meses a partir del alta hospitalaria” del neonato.
La ley dispone, también, que “en caso de nacimiento a término pero considerado de bajo o alto riesgo, la licencia por maternidad será equivalente al de nacimiento de los bebés prematuros”.
La norma, a su vez, aclara que debe considerarse prematuro de bajo riesgo a aquella criatura que, al momento de nacer, hubiere pesado entre 2.500 y 1.500 gramos, y prematuro de alto riesgo a aquélla que hubiere pesado al nacer 1.499 gramos o menos, y/o que tuviere entre 24 y 36 semanas de gestación.
Al respecto, la coordinadora del Centro de Prevención de la Violencia Laboral de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Seccional provincia de Buenos Aries, Silvia Mantino, destacó la incorporación del beneficio.
"La sanción de este tipo de normas es realmente muy importante, porque amplían el marco legal de los derechos y las garantías de las mujeres trabajadoras”, sostuvo.
Ver texto de la ley 14.241