UPCN y FEGEPPBA presentaron al IOMA un informe contundente referido al aumento indiscriminado de los medicamentos en los últimos 3 años
Las organizaciones gremiales solicitaron al directorio de la obra médica el restablecimiento de la cobertura histórica que el instituto otorgaba.
El contexto político de los últimos 3 años ha producido una gravísima pérdida de los derechos.
La crisis económica que sufre la Argentina está lejos de finalizar. Estamos parados ante el inicio de una fuerte "recesión", estancamiento financiero y la economía, en conjunto con los sueldos de los trabajadores, decaen en forma sustancial.
Los sueldos "corren" atrás de la inflación, con paritarias que han cerrado a la baja y que el Poder Ejecutivo se niega a reabrir, para establecer una compensación justa del salario.
Sabemos que el Salario nominal es la cantidad de dinero que recibe un asalariado como remuneración por su trabajo; en cambio el salario real es la capacidad real que tiene el trabajador para adquirir, con el volumen de dinero que percibe, bienes y servicios y tener mayor poder adquisitivo, o sea, el Salario Real es igual al poder de compra.
Si el salario real aumenta es bueno porque significa que el trabajador puede comprar más bienes y/o servicios, si baja significa que tiene menos poder adquisitivo por ende su capacidad de compra de bienes y servicios disminuiría. Esto último nos pasa a los argentinos actualmente.
El salario tiene un fuerte impacto en lo que el trabajador podrá o no comprar con su salario o a lo que podrá acceder en términos monetarios. En pocas palabras. El salario representa su nivel de vida.
En un escenario de inflación, como estamos padeciendo, el nivel de vida del trabajador se encuentra deteriorado y actualmente es de subsistencia, con lo cual “los medicamentos” pasaron a ser postergados por más de un trabajador a riesgo de su propia salud, ya que sumado al aumento exacerbado de los medicamentos, que fue, en los últimos tres años del 300 %, el IOMA , el 1 de Noviembre de 2018, sólo incremento su cobertura en un 24,25 %, cobertura que había quedado estática desde 31 de Octubre de 2016.
Teniendo en cuenta, además, que existe una Resolución vigente, que es la 5905/16, y que data del 31 de Octubre de 2016, que establece el aumento del valor del monto fijo para alcanzar el sesenta y ocho por ciento (68 %) de los medicamentos de uso crónico, y del cincuenta y ocho por ciento (58 %) para los medicamentos de uso agudo. Resolución que se incumple de manera sistemática y que además a esta altura, ha quedado no sólo “vetusta” sino también insatisfactoria, teniendo en cuenta los argumentos esgrimidos, es que requerimos que la cobertura sea como históricamente ha sido y que de la Resolución 2308/2016 lo refleja en su texto, del 70 % para los medicamentos uso crónico y 60 % para los medicamentos de uso agudo.
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